SÍ, la Ley chilena N° 21.600 publicada en septiembre de 2023, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) establece, entre otras, la categoría de Parques Nacionales y Áreas de Conservación de Múltiples Usos.

Ambas categorías podrían ser las adecuadas para el modelo híbrido que se propone, ya que permiten resguardar de manera estricta ecosistemas de alto valor ecológico, mientras fomentan y potencian usos económicos históricos. Sin embargo,  la decisión sobre su categorización dependerá del modelo de gestión que se decida en base a los talleres con las comunidades, pero también del escenario y elementos de juicio que se impondrán cuando se publique el reglamento oficial del SBAP sobre el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). Si bien nos inclinamos por constituir un área de conservación pública, nuestro objetivo último es escoger la forma de protección más efectiva en el largo plazo cualquiera sea su naturaleza